El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desestimó los recursos de queja interpuestos por el candidato y exalcalde de Huánuco, Jesús «Koko» Giles Alipázaga, en contra de las resoluciones y actuaciones emitidas por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco. Tras la correspondiente revisión legal en sede electoral, el máximo tribunal electoral determinó que las actuaciones del órgano de primera instancia se ajustaron al debido procedimiento y al cronograma electoral establecido.
Los recursos presentados por la defensa técnica de Jesús Giles cuestionaban presuntas irregularidades y denegatorias procesales de trámites en el JEE de Huánuco relacionados con la inscripción y calificación de su postulación. No obstante, los magistrados del JNE resolvieron que no se vulneraron los derechos de defensa ni los plazos normativos, ratificando la plena validez de las decisiones adoptadas por el tribunal electoral local.
Con este pronunciamiento en última y definitiva instancia, el JNE cerró la vía recursiva planteada por el postulante respecto a las quejas por denegatoria de apelación, ratificando el principio de preclusión que rige los procesos electorales en el país. El fallo fue notificado formalmente a la personería legal de la organización política involucrada y a la presidencia del JEE de Huánuco para su registro en el sistema electoral.
El Jurado Electoral Especial de Huánuco y el JNE recordaron que las resoluciones emitidas por el pleno del supremo tribunal electoral son de carácter inapelable e irrevisable en materia de justicia electoral. La decisión judicial-administrativa permite la continuidad sin dilaciones de las etapas programadas en el proceso electoral dentro de la circunscripción huanuqueña.



